2 de cada 10 españoles tiene intención de comprar vivienda en los próximos 5 años. Este dato demuestra que, a pesar de la subida de tipos y del endurecimiento de las condiciones hipotecarias, hay un gran interés por adquirir inmuebles en España.
Si estás dentro de este porcentaje de la población y uno de tus propósitos de cara a 2024 es comprar una vivienda debes conocer a la perfección cómo y cuándo pedir los documentos necesarios para hacerlo y que todo salga según lo previsto. ¡Toma nota!
¿Qué documentos necesito para comprar una vivienda?
Además de los gastos a los que debemos hacer frente al comprar una casa, también deberemos pedir una serie de documentos necesarios para que la compraventa se pueda llevar a cabo. Son:
Nota simple
Certificado de eficiencia energética
Cédula de habitabilidad
Certificado de deuda cero con la comunidad de vecinos
Contrato de arras
Nota simple
La nota simple es un documento oficial que se expide en el Registro de la Propiedad y que informa acerca de quién es el propietario de una vivienda, de cuáles son sus características principales y de qué cargas tiene.
Su precio es de 9,02 euros, tarda entre uno y dos días en tramitarse y es obligatoria en todas las comunidades autónomas a la hora de llevar a cabo la compraventa de cualquier inmueble.
La nota simple es un documento oficial que informa sobre quién es propietario del inmueble, sus características y sus posibles cargas
Nota simple para vender un piso: ¿cómo obtenerla y cuánto cuesta?
Certificado de eficiencia energética
El certificado de eficiencia energética o certificado energético es un documento que indica el nivel de consumo energético de una vivienda y las emisiones nocivas que genera. Es obligatorio desde 2013 para todas aquellas viviendas que se pongan a la venta o alquiler.
Vender una casa sin disponer de su correspondiente certificado energético supone una infracción y puede llegar a conllevar multas de hasta 6.000 euros, para el propietario. Sin embargo, nosotros como compradores también necesitaremos disponer de ella. Cuesta entre 60 y 100 euros, y para obtenerlo hay que contactar con un técnico cualificado, que lo tendrá listo en una semana, como máximo.
Cédula de habitabilidad
La cédula de habitabilidad es un documento que acredita que una vivienda cumple con los requisitos necesarios de seguridad y salubridad para poder ser habitada.
Tiene una vigencia de entre 5 y 15 años, dependiendo de la comunidad autónoma en la que haya sido expedida, y se consigue en la Oficina de Vivienda o en el Ayuntamiento. Su precio es de unos 100 euros y tarda una media de 45 días hábiles en tramitarse.
Cédula de habitabilidad: qué es y cómo tramitarla
Certificado de estar al corriente de pago con la comunidad
Las deudas en las comunidades de propietarios son cada vez más habituales y pueden interferir en la venta de un inmueble que las tenga. Por ello, será imprescindible disponer de un certificado que demuestre que la vivienda que queremos adquirir está al corriente de pago con la comunidad.
Podemos solicitarlo al presidente de la comunidad o al administrador de fincas, que seguramente nos lo entregarán en un plazo máximo de una semana. Es gratuito.
Me he mudado a una casa con deudas en la comunidad de propietarios ¿qué puedo hacer?
La mayoría de documentos nos los podrá facilitar la agencia inmobiliaria encargada de la venta; lo ideal es pedírselos cuanto antes, para asegurarnos de que el piso que vamos a comprar está libre de cargas y cumple con todos los requisitos necesarios.
Contrato de arras
Cuando ya dispongamos de todos estos documentos, lo recomendable es firmar un contrato de arras, que, según la OCU, “es un contrato privado que firman el vendedor y el comprador de una vivienda para asegurar la reserva de un inmueble y así evitar que alguna de las partes se eche para atrás antes de la formalización de la escritura pública ante notario”.
Se trata, por lo tanto, de un preacuerdo por escrito que implica que la compraventa posterior se llevará a cabo en las condiciones que se acuerdan y se reflejan en este contrato. Si de forma posterior a la firma de arras, alguna de las partes desestima completar la compraventa, la que incumpla con su parte deberá indemnizar a la otra.
Fuente : Internet