Bicicletas, anillos de compromiso, ordenadores, la cubertería de plata de la bisabuela… Cuando se contrata un seguro del hogar son muchos los que olvidan hacer un análisis adecuado de las joyas y otros objetos de valor especial, renunciando a que se restituya su coste convenientemente frente a un robo o un incendio. Un descuido que atañe de forma especial a los inquilinos, cuyas pertenencias no son cubiertas por el seguro que tenga contratado el propietario del inmueble.
Y el riesgo existe. Según datos de Unespa, patronal del seguro, se cubrieron un total de 225.000 siniestros por robo en vivienda entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de julio de 2021, sobre unos datos totales de 15 millones de viviendas aseguradas por 28 compañías. Si atendemos al hecho de que los propietarios recibieron una indemnización media de 1.115 euros, apenas el precio de un ordenador portátil, la pregunta es hasta qué punto compensaron el valor real de las pertenencias que pasaron a los amigos de lo ajeno.
También según datos de Unespa, en torno al 75% de las familias tiene contratado un seguro del hogar en su vivienda, la duda es si estas pólizas se ajustan realmente a sus necesidades, especialmente en el caso de pérdida de esos objetos de valor especial pasto del fuego o del agua.
“No tenemos el dato del conjunto del sector, pero en nuestro caso el 15% de los clientes ha añadido a su seguro de hogar una cobertura para los objetos de valor por encima de 2.000 euros”, explica Juan García, cofundador de Tuio. Esta aseguradora con un modelo 100% digital nació en 2021, y espera cerrar 2022 con 10.000 clientes, asegurando 550 millones de euros de continente y objetos por valor de 150 millones.
¿Qué pertenencias valiosas se deben asegurar?
Entre estos bienes asegurados por Tuio se encuentran anillos tasados en 12.000 euros o pendientes de esmeraldas de 8.000 euros, así como relojes de entre 4.000 y 6.500 euros.
Pero no siempre es fácil saber qué objetos de valor tenemos en casa. Para hacer una rápida aproximación, puede servir de orientación un estudio de Tuio realizado para identificar las pertenencias más valiosas:
- El 37% declaró joyas. De estas, el 39% eran relojes de hombre, el 32% pendientes y el 29% anillos de compromiso.
- El 29% declaró aparatos electrónicos. En este caso el más numeroso fue el ordenador (el 60%), y el resto otros como televisiones o altavoces.
- El 23% obras de arte. En nueve de cada 10 casos, pinturas.
- El 11% artículos deportivos. El 90% bicicletas de alta gama.
¿Cómo se puede estimar el valor de los objetos?
Responde Juan García: “Normalmente, todas las aseguradoras proponen unos valores para las coberturas de continente y de contenido que están basadas en años de experiencia. No obstante, nosotros solemos proponer una fórmula sencilla a los asegurados que nos preguntan y que quieren tener la certeza de que la cobertura que contratan es suficiente”.
En resumen, el método consta de cuatro pasos:
- Hacer fotos o un vídeo de todos los objetos de la vivienda.
- Realizar una lista con los más valiosos que se hayan identificado, y calcular su coste de modo individual.
- Para artículos menos valiosos, como ropa o utensilios de cocina, estimar una cifra conjunta.
- Sumar todo y redondear a los 10.000 euros más cercanos, para así calcular mejor el valor de la cobertura de contenido. Por ejemplo, si calculas que tienes cosas por valor de 17.000 euros, elige una cobertura de contenido de 20.000 euros.
¿Qué soluciones ofrece el mercado para los objetos de valor especial?
A la hora de asegurar los objetos de valor, las principales aseguradoras operan con uno de estos tres modelos, según nos explican desde Tuio.
- Seguros que preestablecen un valor unitario de la cantidad máxima que se cubre, la horquilla puede ser muy dispar, desde los 2.000 a los 6.000 euros.
- Seguros donde además de contar con una limitación de valor por objeto, se puede asegurar cualquier otro de valor superior declarándolo de forma individual.
- Seguros que no ofrecen la cobertura de determinados objetos de valor. Joyas y objetos electrónicos y móviles, “que por sus especiales características suelen presentar una mayor siniestralidad y los seguros ofrecen pólizas individuales; es el caso de una póliza complementaria”.
¿Qué cubre un seguro de hogar estándar?
Esta póliza tiene que proteger el continente, el contenido y el patrimonio de una persona, salvaguardando su responsabilidad civil.
Hay que fijarse en los valores del continente (la vivienda) y el contenido (los enseres). El objetivo es asegurar que el valor establecido cubriría la reposición en caso de siniestro. Pero García insiste en que “lo ideal es ni pagar de más, ni pagar de menos, sino lo justo”, y hace dos recomendaciones:
- Que el valor no debe estar por encima del real para no pagar un sobreprecio en el seguro.
- Qué el valor no sea significativamente inferior. Frente a una situación de infraseguro, la aseguradora puede aplicar la ley de proporcionalidad: “Si considera que tú póliza sólo está cubriendo tres cuartos de tus pertenencias, únicamente pagará tres cuartos de lo que es el siniestro”.
Lo más habitual es que el interesado tenga que elegir entre tres tipos de seguros:
- Modular. Ofrecen una cobertura básica muy ajustada, permitiendo sumar otras según las necesidades. “Tiene el peligro de que no forzosamente todo el mundo es experto en seguros y sabe qué tipo de coberturas incluir”. Por ello, el usuario tiende a cubrir poco más que la responsabilidad civil, lo que puede representar un claro problema en caso de siniestro.
- Cerrado. Se ofrece una póliza más estándar atendiendo a las necesidades más habituales. Es el que ofrece Tuio, para “evitar coberturas innecesarias que eleven el precio”.
- Extenso. Ofrecen una gran relación de coberturas, el consejo es que el cliente compruebe si le interesa incluir servicios como asistencia escolar o asistencia tecnológica.
¿Qué coberturas debe tener el seguro del hogar?
Lo más importante son los daños por agua, fuego (incluidas humo y explosiones), fenómenos atmosféricos, robo dentro de la vivienda y, potencialmente, fuera de la vivienda y vandalismo.
También es básica la cobertura de responsabilidad civil. Se activa cuando un siniestro en la vivienda del que eres responsable, por ejemplo un incendio, causa daños a terceros.
También son recomendables coberturas relacionadas con accidentes como la de cristales y vitrocerámica o la que protege los mármoles, granitos y la loza sanitaria.
Es igualmente interesante la de daños estéticos. Si no hay repuesto del mismo material tras un siniestro por agua que ha estropeado parte del solado, servirá para cambiar el de toda la estancia. Sobre este punto, García advierte que a la hora de comprobar este tipo de coberturas no solo hay que preocuparse de la cantidad que ofrecen en caso de siniestro, también de lo que cubre, atendiendo a las excepciones que el texto de la póliza precise.
Otra tendencia en el seguro del hogar es el de la “servicilización”. Permite la intervención de profesionales de mantenimiento, manitas o cerrajeros que acuden para arreglar pequeños desperfectos de la casa o actuaciones de bricolaje. Según datos de Unespa, los daños por agua representan cuatro de cada diez de los desperfectos atendidos por estos profesionales. Le siguen en importancia, la rotura de cristales (16,9%) y los daños eléctricos (11,3%).
Al margen de las señaladas, el cliente se puede encontrar que como opcionales u obligatorias, se incluyan otro tipo de coberturas en su seguro. Ejemplo son las accidentales, que van más allá de las cubiertas de modo estándar: seguros de hospitalización y accidentes, coberturas en viaje, coberturas relacionadas con las mascotas…
¿Qué pasa con las viviendas en alquiler?
“Es otro de los grandes desconocidos del sector del seguro en España”, asegura García: “El seguro de hogar de un casero únicamente cubrirá el continente, la responsabilidad civil de la vivienda, por ejemplo si explotan unas cañerías, y los objetos del casero. Cualquier cosa que sea del inquilino, no será cubierta por el seguro de hogar”.
Según se explica, se trata de una peculiaridad del mercado español, “en otros países, esta figura del seguro de hogar para inquilinos que cubre la responsabilidad civil del inquilino y sus pertenencias, está mucho más extendida. Incluso en Francia o en algunas partes de Bélgica, es obligatoria”.
Pero de momento, la única posibilidad que tiene un inquilino en España para asegurar sus enseres y pertenencias frente a un siniestro del hogar, es contratar una póliza a título individual.
¿Qué se entiende por joya y objeto de valor especial?
“Depende, no hay una regla única a nivel industria de qué es una joya más allá de la lógica que todos entendemos: un objeto de valor”, explican desde Tuio: “Eso lleva a que cada aseguradora lo hace de manera diferente, de hecho, no todas lo definen de la misma forma o tienen las mismas categorías”.
En muchos casos se diferencia entre ‘joyas’ y ‘objetos de valor especial’. Probablemente, el sector asegurador diferencia así entre una pertenencia relativamente sencilla de robar –la joya–, para exigir medidas de seguridad adicionales, como por ejemplo guardarlas dentro de una caja fuerte.
En cuanto a los objetos de valor especial, se entiende que estas pertenencias deben estar contempladas de forma individualizada para protegerlas frente al robo o el deterioro, por una causa cubierta dentro de la póliza (principalmente fuego y agua).
Pero, ¿qué valor deben tener estas pertenencias para ser consideradas como especiales? Lamentablemente no hay una única consideración por parte del sector, en muchos casos son a partir de los 2.000 euros de valor, pero en algunas compañías debe ascender a 6.000 para tener esta consideración.
Y estos baremos no siempre se aplican a las joyas, es común que se regulen de un modo diferente, por lo que antes de contratar un seguro se debe atender al tratamiento de estos objetos especiales, ya que para algunas personas puede ser un importante condicionante para optar por una u otra compañía.
Tomando como ejemplo Tuio, no se diferencia entre joya y objeto de valor. Esta joven aseguradora ha optado por la obligación del asegurado de declarar de modo individual los objetos con un precio superior a los 2.000 euros. “Luego tenemos un proceso digital en el que diferenciamos el tipo de objeto, pero más para facilitar su declaración, por ejemplo, no pedimos las mismas pruebas para una guitarra Les Paul de 1976, que para un reloj Rolex, facilitando la experiencia del usuario”, justifican.
¿Cómo se procede cuando hay desacuerdo en la estimación del valor?
Lo más habitual es que no haya desacuerdo, pero cuando hay opiniones enfrentadas entre aseguradora y asegurado, se puede recurrir a un tasador independiente.
Lo importante es entender que un buen proceso de declaración del valor, permite evitar disgustos en el caso de un siniestro: “De hecho, en nuestro caso, sin las declaraciones del valor que pedimos en cada caso, podría llegar a no asegurarse el objeto. Preferimos actuar así, antes que hacer pagar la cobertura por un objeto que en realidad no está asegurado o va a tener problemas al tener un siniestro”, explica García.
¿Cómo procede la compañía en caso de siniestro por robo?
En la mayoría de los casos, la aseguradora pedirá la presentación de la denuncia. Lo más habitual es que si el asegurado ha detallado los objetos sustraídos en la denuncia policial, baste con presentar este documento, pero algunas compañías pueden exigir algún otro adicional. Finalmente, la aseguradora indemnizará con el valor de los objetos.
Para establecer la cuantía a entregar, las dos prácticas más extendidas son: el valor real y el valor de reposición a nuevo:
- Valor de reposición a nuevo (también, valor a nuevo o valor de nuevo). El valor del bien asegurado es el equivalente al coste de comprar el mismo bien nuevo u otro de iguales características en el momento del siniestro. Este matiz es importante porque se refiere al valor que en el momento del siniestro tiene el objeto, teniendo en cuenta que artículos, como los tecnológicos, se deprecian en poco tiempo. En algunos casos, para esos objetos que están ya muy depreciados puede existir una cláusula correctora. La más habitual es la que dice que el valor de reposición a nuevo es equivalente al menor de estos dos valores: el valor de comprar el bien nuevo o el valor real (aplicando depreciación por uso) incrementado en un 50%.
- Valor real (o valor de uso). La cantidad se calcula según el valor del bien u objeto como si fuera nuevo, pero restando la depreciación que haya tenido ya sea por el uso, el deterioro o por el paso del tiempo. Se suele calcular según el mercado de segunda mano (valor venal) o con tablas de depreciación que se establecen en la póliza (por ejemplo, 10% anual) y la vida útil del bien.
¿Qué ocurre si el asegurado no está conforme con la indemnización?
García resume el proceso: “En caso de pasar los primeros 40 días y no llegar a acuerdo, se abre un plazo de ocho días en el que las partes designan a un perito para la evaluación. Si una de las partes pasado dicho plazo no designa perito, queda vinculada al informe pericial de la otra parte”.
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